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Calculadora de indemnización por despido

Estima cuánto te correspondería según tu antigüedad, tu salario y el tipo de despido.

Actualizado en octubre de 2026

Incluye las pagas extra y los complementos fijos.

Cómo se calcula la indemnización

La indemnización se basa en tres datos: el salario diario, los años de antigüedad y el número de días por año que fija la ley para cada tipo de despido. En el despido improcedente son 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. En el despido objetivo, por ejemplo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, son 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses.

El caso de los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012

La reforma laboral de 2012 redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se calcula a 45 días por año y el posterior a 33. El tope general es de 24 mensualidades, salvo si la parte anterior a 2012 ya supera ese límite: entonces el máximo es de 42 mensualidades y no se suma el tiempo posterior. La calculadora aplica estas reglas automáticamente.

Aviso: es una estimación orientativa. El salario regulador, los contratos especiales, los despidos colectivos o las mejoras del convenio pueden cambiar el resultado. Ante un despido, consulta a un abogado laboralista y recuerda que el plazo para reclamar es de 20 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Qué salario se usa para la indemnización?

El salario diario, que incluye el salario base, los complementos fijos y la parte proporcional de las pagas extra. Por eso aquí se usa el bruto anual dividido entre 365.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?

El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Es un plazo de caducidad y no se puede ampliar, así que conviene actuar rápido.

¿Tributa la indemnización por despido?

Está exenta de IRPF dentro del límite legal mínimo obligatorio (la que fija el Estatuto de los Trabajadores), con un máximo de 180.000 euros. Lo que supere ese mínimo puede tributar.

¿Y en un despido disciplinario procedente?

Si el despido se declara procedente no hay indemnización, aunque sí tienes derecho al finiquito.